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Cotización por semanas para independientes (tipo 76)

Desde los pagos de septiembre de 2026 (periodo de agosto), los operadores de la PILA deben ofrecer el tipo de cotizante 76, «trabajador de tiempo parcial independiente», para quien trabaja por días o semanas y gana menos de un salario mínimo.

Actualizado el 13 de octubre de 2026

Quién puede usarla

Según lo informado por la UGPP sobre la Resolución 1529 de 2026 del Ministerio de Salud, se deben cumplir todas estas condiciones:

Los contratistas de prestación de servicios no pueden usarla. Y si en un mes ganas un salario mínimo o más, ese mes cotizas como independiente normal, incluida la salud.

Cuánto se paga en 2026

Cada semana cotizada equivale a la cuarta parte del salario mínimo. La pensión es el 16 % de esa base; la ARL se paga siempre por el mes completo sobre un salario mínimo.

Días trabajados en el mesSemanasBase pensiónPensión 16 %ARL I (mes)Total
1 a 71$437.727$70.100$9.200$79.300
8 a 142$875.453$140.100$9.200$149.300
15 a 213$1.313.179$210.200$9.200$219.400
Más de 21 (sin completar el mes)4$1.750.905$280.200$9.200$289.400

Valores redondeados al múltiplo de $100 superior, con ARL de riesgo I (0,522 %). La caja de compensación es voluntaria (0,6 % o 2 %).

¿Y la salud?

En esta modalidad no pagas salud aparte: debes estar cubierto por el régimen subsidiado o como beneficiario en el contributivo.

Antes de pagar

Antes de esta norma, algunos independientes usaban el tipo 51, pensado para dependientes de tiempo parcial. El 76 los separa, pero todavía es nuevo: confirma con tu operador de PILA que ya lo tiene habilitado. Así se hace el pago: cómo pagar la planilla PILA.

Calcular cotización por semanas

Preguntas frecuentes

¿Un contratista puede cotizar por semanas?

No. La cotización por semanas tipo 76 excluye expresamente a quienes tienen contrato de prestación de servicios.

¿Cuántas semanas pago si trabajé 10 días?

Dos semanas: de 8 a 14 días trabajados se cotizan 2 semanas.

¿Desde cuándo existe el tipo de cotizante 76?

Los operadores de la PILA deben ofrecerlo para los pagos hechos desde el 1 de septiembre de 2026, que corresponden al periodo de pensión de agosto.

Fuentes